Compañeras y compañeros,
El día 22 de Julio
de 2013 salió la Resolución Nº
782/13 que
establece el accionar de un Acompañante o Asistente Externo dentro
de las instituciones educativas. Esta resolución fue tratada y
propuesta por el Consejo General de Cultura y Educación, con el
objeto de regular el ingreso y precisar el alcance de la
intervención. Su contenido está en relación a las leyes generales
de Educación: la de Educación Nacional Ley 26.206 y la de Educación
Provincial Ley 13.688; reemplaza a la Disposición Nº 53/06 (de
Profesionales Privados No Docentes) que estaba en relación a la
legislación establecida a partir de la Ley Federal de Educación.
Con esta Resolución se completa el marco normativo, vinculado a la
educación de estudiantes con discapacidad o trastornos en su
desarrollo.
A continuación se detalla el contenido de los Anexos
que contiene la RM Nº 782/13:
- Anexo 1: definición del campo de intervención, los alcances de la actividad y las tareas que podrán desarrollar los Acompañantes/Asistentes Externos.
- Anexo 2: los requisitos para el ingreso de los Acompañantes/Asistentes Externos.
- Anexo 3: el trámite de solicitud y la documentación requerida para la incorporación del acompañante/Asistente Externo.
- Anexo 4: la intervención de los distintos actores en la toma de decisiones.
- Anexo 5: el circuito operativo referido a los pasos y las acciones institucionales.
Respecto a esta
normativa, es necesario tener presente algunas consideraciones:
- El Acompañante/Asistente Externo no es un cargo docente.
- El ingreso de los Acompañantes/Asistentes Externos está avalado por la legislación vigente vinculada a los derechos y a la atención de personas con discapacidad.
- El ingreso de un acompañante/Asistente Externo no reemplaza la intervención docente, ni sustituye a la Maestra Integradora.
Un saludo fraterno.
Néstor Carasa
Secretaría de Educación
Especial
Secretaría Gremial
Secretaria de Comunicación
Suteba Moron
(CC) 2013
Suteba Moron
(CC) 2013
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